El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) estableció recientemente el pago del Bono por Escolaridad de este año. Conoce aquí más de este pago.

Este mes el Poder Ejecutivo entregará una bonificación por escolaridad de S/ 400, aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

La entrega de este bono se realizará por única vez a los trabajadores del sector público que tengan hijos, como un apoyo para el pago de sus estudios escolares.

Para recibir el subsidio, los trabajadores públicos deben estar laborando a la fecha de la vigencia de la norma y tener una antigüedad de servicio no menor de tres meses.

¿Quiénes recibirán el bono?

No todos los empleados del sector público recibirán esta bonificación. De acuerdo con el Decreto Supremo Nº 001-2022-EF, recibirán el subsidio:

  • Los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276, contratados bajo la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512.
  • Los docentes universitarios comprendidos en la Ley Nº 30220.
  • El personal de la salud del Decreto Legislativo Nº 1153.
  • Los obreros permanentes y eventuales del Sector Público.
  • El personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
  • Los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, los Decretos Leyes Nº 19846 y Nº 20530, el Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091.
  • Los trabajadores públicos que se encuentran bajo el régimen laboral de la actividad privada.
  • Los servidores penitenciarios.
  • Los auxiliares de educación nombrados y contratados en las instituciones educativas públicas los jueces del Poder Judicial y fiscales del Ministerio Público.
  • Los jueces supernumerarios del Poder Judicial y los fiscales provisionales que no se encuentran en la carrera fiscal del Ministerio Público.

Para recibir esta bonificación deben estar laborando, de vacaciones o en licencia con goce de remuneraciones.

Además, como mencionamos anteriormente, el empleado debe haber estado trabajando en la entidad al menos tres meses o de lo contrario el subsidio se abona en forma proporcional a los meses y días laborados.

Cabe indicar que la bonificación por escolaridad no está afecta a los descuentos por cargas sociales.

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