Animal es considerado potencialmente peligroso
El día de domingo 01 de octubre del año en curso, en pleno desfile de aniversario de la escuela Sagrado Corazón de Jesús en el distrito de Talavera, se presenció el feroz ataque de un perro de raza pitbull hacia otro can. La población presente tuvo que acudir en el auxilio del perro que era atacado y lloraba de dolor; es así que tuvieron que realizar maniobras de asfixia al pitbull para que, por falta de oxigenación y fuerza, pudiese soltar al otro canino.
“Es lamentable pero los municipios desconocen y no aplican leyes y normas que les dan toda la facultad de actuar por oficio”, escribió Acción y Voz Animal – Andahuaylas.
NORMAS Y LEYES
En ANDAHUAYLAS está la ordenanza emitida en diciembre del 2019 por el Alcalde Abel Gutierrez Buezo, en la cual específica y determina la crianza adecuada de mascotas de compañía entre ellos los perros Pitbulls.
Y también está la Ley N° 27596 señala que los dueños de estos perros están obligados a identificar y registrar debidamente a los canes que sean de su propiedad o bajo su tenencia o custodia y obtener la licencia respectiva en la Municipalidad de su área de residencia.
USO DE BOZAL Y CORREA
Son siete las razas de perros que figuran en la categoría de razas perros más peligrosos, entre los que están el Pit Bull Terrier, Dogo Argentino, Fila Brasilero, Tosa Japonesa, Bul Mastiff, Doberman y Rottweiler.
La norma dispone que los canes considerados potencialmente peligrosos deben ser conducidos necesariamente en cualquier lugar público con bozal y correa, cuya extensión y resistencia, sean suficientes para asegurar el control sobre ellos. Indica, también que la conducción del animal debe realizarla el propietario o cualquier otra persona adulta con capacidad física y mental para ejercer el control adecuado sobre el can.
En tanto, indica que, si el perro ocasiona lesiones graves a una persona, el propietario está obligado a cubrir los gastos que demande la recuperación total del afectado, excepto en aquellos casos en que el animal actúe en defensa propia, de terceros o de la propiedad privada.
Asimismo, si el perro ocasiona lesiones graves a otro animal, el dueño estará obligado a cubrir el costo que demande su restablecimiento. En caso que el animal atacado muriese, el propietario o poseedor del can agresor deberá pagar a favor del perjudicado una indemnización equivalente a 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT).
Además, se impondrá una multa de 1 UIT a los dueños, por pasearlos en la vía pública sin identificación, sin bozal o sin correa.
Mientras no se pague la multa y no se subsanen las causas que generaron la infracción, el o los canes serán retenidos por la municipalidad, la cual tendrá derecho a cobrar una tasa diaria por concepto de mantenimiento del animal.