¡POR OBLIGAR A LIMPIAR UNA CÚSTER! CONDENAN A CONDUCTOR Y COBRADOR DE LA RUTA 7

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Dos escolares de 11 años habrían sido retenidos tras derramarse una bebida en el vehículo. Ambos trabajadores recibieron pena suspendida y deberán pagar S/ 1,300 a cada menor.

Lo que debió ser un viaje cotidiano de regreso terminó en un proceso judicial que involucra a dos trabajadores del transporte público. Un conductor y un cobrador de la empresa Ruta 7 fueron condenados por el delito de coacción, luego de que dos escolares de 11 años fueran impedidos de bajar de una cúster y obligados a realizar labores de limpieza tras el derrame accidental de una bebida.

La decisión fue emitida el 1 de noviembre de 2026 por la Unidad Piloto de Flagrancia Delictiva de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, a requerimiento de la Sexta Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Huamanga, por hechos registrados el pasado 28 de octubre.

De acuerdo con la información judicial, los dos menores abordaron una cúster de la Ruta 7, de placa F3E-954. Durante el trayecto, una bebida que llevaba uno de los escolares terminó derramándose dentro del vehículo debido a un bache en la vía.

Sin embargo, la situación tomó otro rumbo cuando uno de los niños solicitó bajar en su paradero. Según lo establecido en la investigación, el cobrador le habría impedido descender y le habría dicho: «Para que aprendas a no ensuciar».

Lejos de permitir que los escolares continuaran con sus actividades, el conductor habría seguido avanzando hasta el paradero final, ubicado en el distrito de San Juan Bautista. Allí, ambos menores habrían sido retenidos y obligados a limpiar el interior de la unidad y recoger los desperdicios ocasionados por el derrame.

Los trabajadores involucrados fueron identificados como Zósimo Inver Chayco Cahuana (22), quien cumplía funciones de cobrador, y Willy Brandy Flores Torres (27), conductor de la unidad. Tras el proceso judicial, ambos fueron condenados como coautores del delito contra la libertad personal, en la modalidad de coacción, en agravio de los dos escolares.

La sentencia establece un año y tres meses de pena privativa de libertad, suspendida por un periodo de prueba de un año. Asimismo, los condenados deberán pagar una reparación civil de 1,300 soles a cada uno de los menores afectados, además de cumplir las reglas de conducta impuestas por el órgano jurisdiccional.

Entre las disposiciones judiciales figura la obligación de respetar las condiciones establecidas en la sentencia, no cometer nuevos delitos y abstenerse de acercarse a las víctimas y sus familiares.

El caso ha generado atención pública por involucrar a dos niños de apenas 11 años, quienes, según los hechos acreditados judicialmente, habrían sido privados de su libertad de desplazamiento y obligados a realizar tareas de limpieza por un accidente ocurrido durante el servicio de transporte.

La decisión judicial pone nuevamente en debate el trato que reciben los escolares y usuarios del transporte público, así como la responsabilidad de quienes prestan este servicio. Un derrame accidental no puede justificar medidas de intimidación o retención contra pasajeros, menos aun cuando se trata de menores de edad.

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