Por delito contra la libertad sexual de menor
El Juzgado Penal Colegiado de Abancay de la Corte Superior de Justicia de Apurímac dictó una sentencia condenatoria de 30 años de pena privativa de la libertad efectiva contra José Luis Ruiz Rupailla, luego de que fuera hallado responsable del delito contra la libertad sexual en la modalidad de v i 0 l a c i 0 n s e x u 4 l de menor de edad, hecho ocurrido en la provincia de Andahuaylas.
La decisión judicial fue adoptada tras el desarrollo del juicio oral y la evaluación de los elementos probatorios presentados por el Ministerio Público. El colegiado estuvo conformado por los magistrados Víctor Corrales Visa, José Ángel Medina Leiva y Reyna Margarita Jove Aguilar, quienes emitieron el fallo luego de analizar las pruebas y argumentos expuestos durante el proceso.
De acuerdo con la resolución, el sentenciado deberá cumplir 30 años de prisión efectiva, por lo que permanecerá recluido en un establecimiento penitenciario hasta el año 2055, conforme a lo establecido en la sentencia emitida por el tribunal.
INVESTIGACIÓN Y ACUSACIÓN FISCAL
Durante el juicio, la acusación fue sustentada por la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Andahuaylas, despacho del Ministerio Público que presentó los medios probatorios que, según lo evaluado por el tribunal, permitieron acreditar la responsabilidad penal del acusado en los hechos investigados.
Tras la valoración de las pruebas testimoniales, periciales y documentales incorporadas al proceso, el colegiado determinó imponer una sanción privativa de libertad de larga duración, acorde con la gravedad del delito.
REPARACIÓN CIVIL Y TRATAMIENTO ESPECIALIZADO
Como parte de la sentencia, el juzgado también dispuso que el condenado pague la suma de 8,000 soles por concepto de reparación civil, monto que será destinado a favor de la víctima.
Asimismo, se ordenó que el sentenciado reciba tratamiento psicológico especializado durante el cumplimiento de su condena, como medida orientada a la rehabilitación y a la prevención de la reiteración de conductas delictivas de similar naturaleza.
PROTECCIÓN DE LA IDENTIDAD DE LA VÍCTIMA
En cumplimiento de la normativa vigente y con el objetivo de proteger la dignidad, integridad y privacidad de la menor agraviada, las autoridades judiciales mantienen en estricta reserva la identidad de la víctima, práctica establecida en los procesos relacionados con delitos contra la libertad sexual.
MARCO LEGAL
El delito materia de la condena se encuentra previsto y sancionado en el artículo 173, numeral 2, concordante con el último párrafo del Código Penal del Perú, normativa que establece severas sanciones para los casos de violación sexual de menor de edad, debido a la especial protección que el ordenamiento jurídico otorga a niños, niñas y adolescentes.
DATO:
Las autoridades judiciales reiteran que este tipo de procesos se desarrollan bajo estrictos protocolos de protección a las víctimas, garantizando la confidencialidad de su identidad y el respeto a sus derechos durante todas las etapas del proceso judicial.



